Para empezar con el blog, les mostramos un pequeño juego. ¿Serás capaz de resolver el crucigrama? Adelante:
Horizontales:
1. Desarrollo de una estrategia global en base al objetivo y alcance del encargo recibido y la forma en que se espera que responda la organización.
2. Cualidad que debe poseer el auditor de cuentas a la hora de realizar el informe de gestión sobre una empresa.
3. Dinero en efectivo, títulos de deuda pública, aval de entidad financiera o seguro de responsabilidad civil, por la cuantía y en la forma que establezca el Ministerio de Economía y Hacienda, para responder a los daños y perjuicios que pudieran causar en el ejercicio de su actividad los auditores de cuentas o las sociedades de auditoría.
4. Actividad realizada por una persona cualificada e independiente, consistente en analizar, mediante la utilización de técnicas de revisión y verificación idóneas, la información económico-financiera y que tiene por objeto la emisión de un informe dirigido a poner en manifiesto su opinión responsable sobre la fiabilidad de la citada información.
5. Rectitud intachable en el ejercicio profesional.
6. Certeza absoluta sobre la validez de la información contable no siempre se puede conseguir, por ello el auditor diseña sus procedimientos para conseguir evidencia suficiente y adecuada y cumplir el objetivo de su trabajo.
7. Acto que no podrá realizar el auditor de cuentas para la captación de clientes, salvo en conferencias y folletos a empresas previa solicitud de estas.
8. Asociaciones a las que pertenecen los auditores de cuentas. Estas corporaciones elaboran algunas NTA, organizan cursos para auditores..etc
Verticales:
1. Característica fundamental que deben poseer el auditor de cuentas anuales en el ejercicio de su actividad, hasta que el punto de que la existencia de dicha actividad carece de sentido si no es desempeñada por profesionales independientes.
2. Producto terminado de todo el trabajo de auditoría de cuentas y su finalidad es comunicar al cliente, y al resto de los usuarios, los resultados de la revisión y verificación de los documentos contables examinados.
3. Retribución monetaria que reciben las personas que prestan servicios , basados, fundamentalmente en las habilidades personales.
4. Aquellos que reciben la información económica-financiera elaborada por las empresas y, en su caso revisada por los auditores. Esta información que reciben la utilizan para tomar decisiones de diferente índole.
5. Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Incluye tanto personas físicas como jurídicas. Todos aquellos que estén inscritos en el ROAC son los únicos que están facultados para ejercer profesionalmente la auditoría de cuentas en España.
6. Castigo a que se les somete a los auditores individuales o sociedades de auditoría por la realización de infracciones leves, graves o muy graves.
7. Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, regulado por la Ley 19/1988, de 12 de julio de Auditoría de Cuentas, el Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, que lo desarrolla y la Ley 44/2002. de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, que modifica varios artículos de la Ley 19/1988.

No hay comentarios:
Publicar un comentario