lunes, 10 de enero de 2011

Situación de la auditoría de cuentas en España III

Como última entrada a este blog, queremos hacer una referencia a los cambios y mejoras de la ley de Auditoría de Cuentas de 2010:


En la realización de este artículo consideramos imprescindible hablar de la nueva Ley de Auditoría de Cuentas creada en el año 2010, y haremos mención de las mejoras y los cambios que se han llevado a cabo.

La nueva norma proporciona adecuada seguridad jurídica en materias como incompatibilidades e independencia, responsabilidad, sanciones y control por parte del supervisor, además moderniza y acerca esta profesión a Europa y logra que los informes de auditoría sean comparables con los de nuestro entorno y aumenta la transparencia, calidad y rigor del trabajo de los auditores.

1. CAPACITACIÓN PARA FIRMAR INFORMES

• Se posibilita que puedan ser socios de firmas auditoras otras sociedades de auditoría, obligando únicamente a que la mayoría de los derechos de voto y de miembros del órgano de administración recaigan en auditores habilitados en cualquier Estado de la Unión Europea, lo que puede facilitar las fusiones y adquisiciones en un sector en el que muchas empresas necesitan ganar tamaño.
• Se consigue una mayor flexibilidad en la práctica profesional al permitir que empleados de firmas de auditoría aunque no sean socios, pero que estén inscritos en el ROAC, puedan firmar informes.
• Los socios firmantes de los informes pueden firmar otros trabajos, siempre y cuando no sean incompatibles.
• Se reconoce la autorización y reconocimiento mutuo internacional de la habilitación para firmar informes de auditoría, lo que asegura la reciprocidad entre diferentes Estados.
• La rotación obligatoria sólo se exige al socio firmante, y no al equipo de auditoría, que puede continuar aportando su experiencia y conocimiento de la entidad auditada.

2. FORMACIÓN CONTINUA

Con esta nueva Ley la formación continua se considera imprescindible, siendo su incumplimiento considerado como falta grave.


3. INDEPENDENCIA

En línea con lo establecido en la normativa europea, hemos asumido un modelo en el que prima un enfoque de principios , según el cual el auditor debe evaluar las amenazas a su independencia y establecer las salvaguardas que considere más adecuadas, frente al modelo de reglas, siempre insuficiente y de escasa seguridad jurídica.
Sin embargo, de algún modo, la Ley mantiene cierta duplicidad, ya que se mantienen determinadas situaciones en las que no cabe salvaguarda posible y, por tanto, existe una taxativa prohibición: como en el caso de desempeño de cargos directivos o de administración, interés financiero, vínculos familiares, llevanza material de la contabilidad, servicios de valoración, auditoría interna, abogacía ), concentración de honorarios y servicios de diseño e implantación de sistemas de tecnologías de la información.
Se reduce el cómputo temporal de situaciones de incompatibilidad de 3 a 2 años.

4. NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA

La nueva Ley de auditoría establece la obligatoriedad de aplicar las normas internacionales de auditoría a todos nuestros trabajos, de manera que lo puedan utilizar los auditores europeos con el fin de homologar la profesión a nivel comunitario.
Ventajas:
• Reducción de costes asociados a la existencia de diversas normas locales.
• Permitirá la comparabilidad de auditorías de diversos países.
• Dotará de mayor seguridad en el trabajo de auditoría de grupos consolidados internacionales.
5. NORMAS DE ÉTICA
La nueva Ley incide en la utilización de las normas de ética de la IFAC, en relación a competencia profesional, independencia, diligencia, integridad y objetividad.

6. CONTROL DE CALIDAD

Bajo la nueva ley de auditoría, el control de calidad pasa a ser objetivo fundamental de la supervisión. En el cuál se prevén programas de actuación con recomendaciones, seguimiento y divulgación de conclusiones, pasando el control técnico a tener un carácter residual para corregir situaciones no manifestadas en los controles de calidad, es decir, implantando un modelo en el que debe primar el control preventivo.

7. TRANSPARENCIA

• Informe anual de transparencia de las firmas
Se exige a las firmas que auditan a Entidades de Interés Público que publiquen anualmente un informe de transparencia, en línea con las mejores prácticas de gobierno corporativo.
• Reforzamiento de los comités de auditoría
Estos deberán reforzar la eficacia del control interno de las compañías, la independencia del auditor, y el proceso de presentación de la información financiera.

8. RESPONSABILIDAD CIVIL

Se realizan una serie de variaciones:
• Se elimina la responsabilidad ilimitada, pasando a un régimen de responsabilidad proporcional y directa, excluyendo el daño causado por la entidad auditada o por terceros.
• Se equipara el plazo de prescripción de la responsabilidad civil contractual a los cuatro años previstos para administradores y gerentes de compañías, rebajando de los 15 actuales.

9. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

El objetivo es conseguir corregir situaciones no deseadas de aquellos que no realicen bien su cometido, no es disuadir a unos profesionales a ejercer su trabajo.

Situación de la auditoría de cuentas en España II

Continuamos con la segunda parte de este artículo:

Sociedades de auditoría:


En las sociedades de auditoría, en la inscripción en corporaciones lo copan casi todo la I.C.J.C. con un 44% y la R.E.A. con un 39%, luego van la R.E.G.A. con un 17% y los no adscritos a ninguna corporación que no llegan al 1%.

Si tenemos en cuenta las firmas en función de si ejercen o no, y desglose de su actividad de si facturan o no:

CUADRO 3. NÚMERO Y CLASIFICACIÓN DE LAS AUDITORAS Y SU EVOLUCIÓN HISTÓRICA




Desde 1990 al 2000 aumenta considerablemente el número de auditorías que facturan tanto en personas físicas como las sociedades.

Observamos las que facturan han ido incrementándose y las que no facturan han disminuido hasta en el año 2000, ya que, a partir de aquí las que no facturan han estado incrementándose y las que facturan disminuyéndose. Este decrecimiento en el número de auditorías que son facturadas por personas físicas que puede deberse a lo que hemos mencionado anteriormente: traspaso de estas personas físicas a sociedades de auditoría.

Ahora analizaremos las empresas según la cifra de negocios:

CUADRO 4. NÚMERO DE SOCIEDADES AUDITADAS EN FUNCIÓN DE SU CIFRA DE NEGOCIOS


El número de empresas consideradas Pymes, es decir con una facturación inferior a 6 millones de euros son las que cuantitativamente más les afecta la obligatoriedad.

Es destacable el número de empresas y entidades auditadas sin identificarse, su importancia desciende considerablemente. Las grandes empresas presentan un incremento muy importante en los últimos años.

En el cuadro cuatro podemos observar los ingresos obtenidos desde la introducción de la Ley 19/1988, y de así observar la facturación de cada tipo de firma y su evolución temporal.

CUADRO 5. INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS FIRMAS DE AUDITORÍA (en miles de euros)


Los ingresos globales han ido incrementándose considerablemente hasta llegar en el 2009 a la cifra de 713.384.000.

Observamos que en año 1999 se produce un cambio muy importante, ya que anterior a este año la mayor facturación llegaba de los auditores individuales y a partir de 1999 la situación cambia siendo las sociedades las que más facturan y de forma muy significativa sobre los auditores individuales.

Este volumen se consigue más por el paso del tiempo que por la existencia de deseables y significativos aumentos anuales, la aparición del euro puede ser una causa del cambio importante de los ingresos a partir de 2009.

Además, se aprecia que la facturación de las sociedades es considerablemente superior a lo facturado por los auditores individuales.

Ahora nos detendremos en el estudio de la facturación según las horas.

CUADRO 6. HORAS EMPLEADAS EN LA AUDITORÍA (en miles de horas)


Respecto a las horas empleadas en la realización de la auditoría de cuentas de las empresas en España, podemos ver que la evolución es creciente tanto en las sociedades como de forma individual y que casi toda la participación viene desarrollada por las sociedades de auditoría con un porcentaje entre el 85% - 90%.

CUADRO 7. FACTURACION POR HORA


Respecto a la facturación por hora vemos que aumenta considerable a lo largo de los años principalmente al gran aumento de los ingresos facturados aunque el nivel también crece de forma considerable.
Se produce un cambio muy importante a partir de 2009, debido principalmente al gran aumento de los ingresos, en el cual, crece de forma importante respecto a las horas.

Situación de la auditoría de cuentas en España

En esta entrada de nuestro blog mostramos un artículo sobre la situación actual de la auditoría en nuestro país. Para ello hemos recolectado datos históricos para posteriormente relacionarlos con la actualidad. Sin mas dilación les dejamos con el artículo:


Para poder realizar una visión actual de la Auditoría de cuentas, debemos tener presente los hechos pasados, y de esta forma poder observar su evolución y así poder comprender mejor sus comportamientos recientes.

La primera ley de auditoría que surgió fue la Ley 19/1988 de Auditoría de Cuentas por la que se regula por primera vez la auditoría de cuentas en España. Esta Ley surge para establecer una normativa nacional pareja a la existente a la Comunidad Europea en materia mercantil.

Desde el punto de vista de la demanda de este servicio, hay que tener en cuenta que hasta la entrada en vigor de esta Ley, la actividad de auditoría de cuentas se realizaba de forma voluntaria, ya que se realizaban por encargo obligando a una mayor dedicación, lo que se traduce en una mejor retribución y una elevada valoración profesional.

Pero con la introducción de esta nueva Ley nos encontramos ante un espectacular aumento de las empresas auditadas.

Esta evolución la podemos observar claramente en el cuadro 1.

CUADRO 1. NÚMERO DE EMPRESAS AUDITADAS



En estos cuadros podemos observar la evolución de las empresas auditadas desde 1990 hasta 2009 clasificadas en auditorias obligatorias y voluntarias.

Antes de la aplicación de la Ley 19/1988 la auditoría era voluntaria, pero a partir de esa fecha para algunas empresas que superaran ciertos límites era obligatoria, de manera que a los empresarios se les exigía un gasto impuesto, por tanto, en muchas ocasiones elegían al auditor más barato o subdividían sus actividades para no llegar a soportar esos límites.

A partir de los cuadros podemos decir que el número de auditorías va creciendo a lo largo de los años con un incremento considerable del año 1990 a 1993 y de 2000 a 2004, debido principalmente al mayor número de auditorías obligatorias que se han hecho en estos durante estos años.

También, vemos que en los últimos años el numero de auditorías voluntarias va ganando peso, que puede deberse a que hay empresas que deciden realizar auditorías aunque no están obligadas para mostrar a los posibles inversores o clientes una imagen buena que se está desarrollando la empresa.

Después de redactaros la evolución del número de auditorías realizadas, vamos a comentar el número de auditores inscritos en el R.O.A.C, tanto de personas físicas como de sociedades de auditoría.

CUADRO 2. AUDITORES INSCRITOS EN EL R.O.A.C.



El dato más significativo actualmente ha sido el elevado número de auditores no ejercientes, que es realmente asombroso, ya que ha aumentado a pasos agigantados en cuestión de 20 años, esto se debe entre otros a los siguientes motivos:

- Muchos empresarios buscan “la auditoría más barata”, lo que provoca que muchos profesionales se desplacen a otros ámbitos de actividad mejor remunerados.

- Desconocimiento por parte del empresario de la verdadera labor del auditor, de la importancia del trabajo y de su responsabilidad, así como el valor añadido que aportan a las empresas.

- Las firmas de auditoría existentes o creadas en estos años han ajustado sus márgenes, mediante procesos de división de actividades y fusiones entre ellas, reduciendo los recursos humanos aplicados.

- Ausencia de sanciones de importancia ante el incumplimiento de la obligatoriedad a auditarse.

Los auditores individuales que ejercen como tales, se ha visto reducido considerablemente a partir del año 2000, ya que los condicionantes legales y comerciales actuales y previsibles les ha llevado a agruparse en sociedades o pasar a no ejercientes, aunque el paso del 2006 al 2009 ha aumentado los auditores individuales debido a la crisis económica que ha podido hacer que desaparezcan muchas sociedades de auditoría y como consecuencia han hecho que estos actúen de una forma individual o por cuenta ajena, y también, a la mejora de los programas de formación de los auditores que hacen cada año haya más auditores.

Distribución de auditores ejercientes individuales por Comunidades Autónomas:



Según la ubicación geográfica principal de los auditores individuales que ejercen donde más de la mitad de los auditores individuales auditoría, se concentra en las comunidades de Madrid, Cataluña, Valenciana y Andalucía.

En este caso Andalucía es el lugar donde más auditores individuales se concentran, seguido van Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y el País Vasco; siendo estas los más significativos.


Distribución de auditores ejercientes de sociedades de auditoría por Comunidades Autónomas:



En las sociedades de auditoría pasa más de lo mismo pero en este caso la Comunidad de Madrid es el lugar donde residen mayor concentración de sociedades, seguido van Cataluña, Andalucía, Valencia, Galicia y País Vasco; convirtiéndose estas comunidades las más significativos respecto a este asunto.

ADSCRITOS A CORPORACIONES:
Personas Físicas:



A través de estos gráficos observamos que casi la mitad personas fiscas que están inscritos en corporaciones pertenecen al I.C.J.C. con un 49%, le siguen la R.E.A. con un 35% y por último la R.E.G.A. con un 16%.

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